Derechos de las mujeres
Éstos se refieren a los derechos que son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales contenidos en la Convención sobre la Eliminación de Todos las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención sobre los Derechos de la Niñez, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem Do Pará) y demás instrumentos internacionales en la materia.
Entre estos derechos encontramos los siguientes:
Igualdad de género
La igualdad de género consiste en que los diferentes comportamientos, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres, se tomen en cuenta, valoren y promuevan de la misma manera, sin discriminación por motivos de sexo.
Este derecho se encuentra reconocido en el artículo 4 constitucional. «Artículo 4o.- La mujer y el hombre son iguales ante la ley.»
Derecho a la Educación
Los contenidos educativos deben ser estructurados de acuerdo con las diferencias, tanto geográficas como culturales, así como con las necesidades específicas de las mujeres.
Lo anterior se traduce, entre otras cosas, en que las mujeres de todas las edades reciban educación que promueva los valores de la solidaridad, la equidad y el respeto, así como capacitación laboral.
Este derecho se encuentra establecido en el articulo 3o constitucional.
Derecho a la salud
Se traduce en contar con servicios de salud accesibles y de buena calidad, que los servicios de salud brinden atención integral de la salud de la mujer, que tome en cuenta las diferencias biológicas, médicas, psicológicas, laborales y económicas de éstas. Asimismo a que en todas las instancias y programas de gobierno se incorporen estudios e investigaciones relacionados con la salud de las mujeres, y contar con una alimentación balanceada que permita su desarrollo pleno.
Este derecho se encuentra reconocido en el artículo 4 constitucional » Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.»
Derechos sexuales y reproductivos
También reconocido en el artículo 4 constitucional, las mujeres tienen el derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.
Para el desarrollo pleno de su sexualidad, las mujeres tiene derecho a recibir información y educación sexual, a ejercer la sexualidad responsablemente, elegir libre e informadamente sobre la utilización de anticonceptivos, y a no sufrir violencia sexual.
Derecho a una vida libre de violencia
Este derecho se traduce garantizar la prevención, la atención, la sanción y la erradicación de todos los tipos de violencia contra las mujeres durante su ciclo de vida y para promover su desarrollo integral y su plena participación en todas las esferas de la vida.
Derecho al Trabajo
El articulo 123 constitucional contempla que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; en este sentido las mujeres deben recibir salario justo e igual al que perciben los hombres por el mismo trabajo.
Deben tener horarios laborales justos, que les permitan compartir equitativamente las responsabilidades familiares, incluyendo permisos y licencias por maternidad , trabajar sin que importe el estado de embarazo, estado civil o cualquier otra condición especial, que no se discrimine para ocupar puesto alguno por el hecho de ser mujer.
Derecho a la participación política
Todas las mujeres tienen el derecho de participar en la vida política de su país y el derecho a votar y ser votadas para puestos de elección popular.
Asimismo, deben tener derecho a participar activamente y de manera equitativa en las instituciones gubernamentales, la administración pública, los órganos legislativos y los tribunales judiciales, tomar decisiones en igualdad de condiciones que los hombres, tanto en el ámbito privado como en el público, recibir capacitación para fomentar el liderazgo de las mujeres.
Artículo 35 de la Constitución.
Derecho a un ambiente sano
El artículo 4 constitucional reconoce que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, lo que equivale a que las mujeres tengan derecho a la educación y capacitación en el manejo adecuado de los recursos naturales y en la conservación del medio ambiente.
Derecho a tener aire no contaminado, agua limpia, alimentos no tóxicos, entre otros.
Derecho a participar en los planes de ordenamiento ecológico territorial,casí como participar en la toma de decisiones en políticas públicas para alcanzar un medio ambiente sano.
Derecho a la información y a la privacidad
Conforme a lo que reconoce el artículo 6 de la Constitución, toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión, de igual manera tienen derecho a que la a información que se refiere a su vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes.
El ejercicio de éstos derechos se traduce entre otras cosas en el uso democrático de los medios de comunicación a tener información, a la libre expresión, a que no se promueva en los medios de comunicación ningún tipo de violencia contra las mujeres, contar con espacios en los medios de comunicación para difundir información sobre sus derechos y a construir una cultura de la equidad.