Principio de Concentración
El Principio de Concentración dentro del Proceso Penal Acusatorio se refiere a que las audiencias se desarrollarán preferentemente en un mismo día o en días consecutivos hasta su conclusión, en los términos previstos en el Código Nacional de Procedimientos Penales, salvo los casos excepcionales establecidos en dicho ordenamiento.
Asimismo, las partes podrán solicitar la acumulación de procesos distintos en aquellos supuestos previstos en el Código referido.
Artículo 8 del Código Nacional de Procedimientos Penales
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